El SAT en la regla 2.7.1.32. publicada el 3 de Junio 2016 define cómo se debe dar “Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales”, publicada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal para 2016. El cumplimiento entra en vigor hoy 15 de julio 2016.
El cambio ya está al día en contarte.mx, puedes seleccionar el “metodoDePago”, según el catálogo siguiente:
Clave Descripción
01 Efectivo
02 Cheque nominativo
03 Transferencia electrónica de fondos
04 Tarjeta de crédito
05 Monedero electrónico
06 Dinero electrónico
08 Vales de despensa
28 Tarjeta de débito
29 Tarjeta de servicio
99 Otros
Uno de los tantos requisitos que deben reunir las Facturas Electrónicas (CFDI) es especificar la forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativos o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria, para lo cual publicó dicho catálogo de métodos de pago).
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